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1 - Según el artículo 47 del Acuerdo del Personal del Servicio Riojano de Salud de 8 de 2006, se completará la prestación por Incapacidad Temporal y Maternidad hasta el 100% de sus haberes:
Al personal Estatutario Fijo.
Solo se completará la prestación en la situación de Incapacidad Temporal.
Solo se completará la prestación en la situación de prestación por nacimiento y cuidado del menor.
A todo el personal.