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1 - De acuerdo con la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los casos de responsabilidad patrimonial en los que la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional, serán indemnizables, salvo que la sentencia disponga otra cosa, los daños producidos en el plazo de:
Los cinco años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley.
Los cuatro años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley.
Los tres años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley.
Los dos años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley.