Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según indica el artículo 74 de la Ley 39/2015, las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso, las que se refieran a la nulidad de las actuaciones:
Suspenderán la tramitación del procedimiento.
En ningún caso suspenderán la tramitación del procedimiento.
Paralizarán la tramitación, pero en ningún caso suspenderán la tramitación del procedimiento.
No suspenderán la tramitación de este, salvo la recusación.