Teórico - Parte 3 - Examen tipo test (prueba aplazada) - Administrativo/a T.L (OPE 2021-2022) Servicio Andaluz de Salud 02/06/2022

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1 - En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con relación a la constitución y funcionamiento de biobancos con fines de investigación biomédica, se establecen como requisitos básicos:
Que la organización, objetivos y medios disponibles del biobanco justifiquen su interés biomédico.
Que se haya designado a la persona titular de la Dirección y Secretaría General.
Que cuente con las instalaciones y medios adecuados, incluyendo seguro de responsabilidad civil.
Que cuente con un número mínimo de muestras que garantice el desarrollo de la actividad investigadora biomédica.
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2 - Según la normativa que ordena administrativa y funcionalmente la salud mental en el ámbito del SAS, los cargos intermedios de una Unidad de Gestión Clínica de Salud Mental son:
Jefatura Servicio, Jefaturas de Sección, Jefatura de Bloque y Supervisión de Enfermería.
Dirección de Unidad, Coordinación de los Dispositivos Asistenciales y Coordinación de Cuidados de Enfermería.
Jefatura de Servicio, Coordinación de los Dispositivos Asistenciales y Supervisión de Enfermería.
Dirección de Unidad, Coordinación de los Dispositivos Asistenciales y Supervisión de Enfermería.
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3 - Con relación con la ciudadanía, y entre las líneas de acción recogidas para el objetivo 2 del Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en adelante SSPA, (“Una respuesta única para una atención integrada, integral y segura a la ciudadanía”) se encuentra:
Conseguir una comunicación única con la persona, un único mensaje a su problema de salud.
Hacer efectiva la participación y la corresponsabilidad de la ciudadanía.
La ganancia en salud se potenciará articulando las actuaciones de ayuda mutua con la acción de los servicios sanitarios.
Las necesidades de las personas orientarán las acciones a realizar.
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4 - Con relación a los profesionales, y entre las líneas de acción recogidas para el objetivo 2 del Plan de Calidad del SSPA (“El profesional se constituye en agente facilitador del paciente en el recorrido por el sistema sanitario, en el desarrollo efectivo de los derechos y en la utilización de los servicios en el marco de la corresponsabilidad”) se encuentra:
Modernizar y simplificar los procesos asistenciales integrados, como herramienta facilitadora de la práctica clínica y la continuidad de atención al paciente.
Incrementar el capital humano investigador.
Poner al servicio de todos los profesionales las herramientas virtuales disponibles en la organización.
Adaptar el modelo competencial hacia un nuevo profesional más comprometido y autónomo al servicio a la ciudadanía.
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5 - Según el Decreto 60/1999, de libre elección de médico general y pediatra:
La elección de médico general y pediatra podrá efectuarse en cualquier momento siempre que esté justificada y previa entrevista con el facultativo.
Una vez elegido un facultativo, para realizar una nueva elección, deberá haber transcurrido, al menos, tres meses.
La elección de médico general y pediatra podrá efectuarse en cualquier momento, correspondiendo al Director del Distrito su aceptación.
Una vez elegido un facultativo, para realizar una nueva elección, deberá haber transcurrido, al menos, dos meses.
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6 - Según el Decreto que regula la libre elección de Médico Especialista y de Hospital en el SSPA, el usuario NO podrá ejercer la elección para:
Consultas programadas médicas.
Procedimientos terapéuticos médicos.
Consultas programadas quirúrgicas.
Procedimientos terapéuticos quirúrgicos que requieran desplazamiento fuera de Andalucía.
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7 - Según la Ley 2/2010, de 8 de abril, entre los derechos de las personas ante el proceso de muerte, se recogen los siguientes:
A la atención integral, a realizar la declaración de voluntad vital anticipada, a la toma de decisiones y al consentimiento informado.
A la atención integral y personalizada, a realizar la declaración de voluntad vital anticipada, a la toma de decisiones y al consentimiento informado.
A la atención integral, a la información asistencial, a realizar la declaración de voluntad vital anticipada, a la toma de decisiones y al consentimiento informado.
A la información asistencial, a realizar la declaración de voluntad vital anticipada, a la toma de decisiones y al consentimiento informado.
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8 - El Decreto que regula las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (PVD) es:
Decreto 488/1997, de 14 de abril.
Decreto 322/1997, de 6 de marzo.
Decreto 75/1998, de 6 de abril.
Decreto 92/1999, de 18 de marzo.
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9 - El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP), tiene por objeto, entre otros:
Establecer las bases por las que se han de regir todos trabajadores de la Administración.
Determinar las normas aplicables al personal laboral de las empresas públicas.
Establecer las bases del régimen público de los funcionarios públicos incluidos en su ámbito de aplicación.
Determinar las normas aplicables al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.
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10 - Según el Real Decreto Legislativo 5/2015 (EBEP), con relación a los derechos de los empleados públicos, las reuniones en el centro de trabajo:
Se autorizarán fuera de las horas de trabajo, salvo acuerdo entre el la Dirección del Centro u Organismo y quienes estén legitimados para convocarlas.
Se autorizarán fuera de las horas de trabajo, salvo acuerdo entre el órgano competente en materia de personal y los representantes de las organizaciones sindicales.
Se autorizarán en horas de trabajo, salvo acuerdo entre el órgano competente en materia de personal y los representantes de las organizaciones sindicales.
Se autorizarán fuera de las horas de trabajo, salvo acuerdo entre el órgano competente en materia de personal y quienes estén legitimados para convocarlas.