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1 - Según lo establecido en apartado 9.2 de la Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el Código de Conducta en el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para profesionales públicos de la Administración de la Junta de Andalucía, en cuanto almacenar información en dispositivos de almacenamiento extraíble:
Con carácter general, los profesionales evitarán almacenar información en dispositivos de almacenamiento extraíble (discos duros portátiles, memorias USB, etc).
Los profesionales nunca almacenarán información en dispositivos de almacenamiento extraíble (discos duros portátiles, memorias USB, etc).
Los profesionales solo almacenarán información en dispositivos de almacenamiento extraíble (discos duros portátiles, memorias USB, etc) si así lo dispone la Secretaría General para la Administración Pública mediante resolución específica para un determinado procedimiento administrativo.
Los profesionales solo almacenarán información en dispositivos de almacenamiento extraíble (discos duros portátiles, memorias USB, etc) si así lo dispone la Dirección General de Transformación Digital y Gobierno Abierto.