Parte 1 - Segundo ejercicio - Trabajo Social (T.L - convocatoria 2025) Generalitat Valenciana 16/05/2026

Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Señale la respuesta correcta. De conformidad con la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, Oksana, de 33 años de edad, será titular de los derechos subjetivos reconocidos en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales en condiciones de igualdad, dignidad y privacidad, sin discriminación alguna por circunstancia personal o social, siempre que:
Resida o habite en cualquier municipio de España, con carácter habitual y con voluntad de permanencia en aquel, manifestada por medio de actos ejecutados de forma expresa frente a autoridades u otros actores sociales que acrediten un arraigo estable y real en la localidad. Sin perjuicio de lo anterior, podrán acceder al Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales las personas extranjeras que tengan la condición de exiliadas, refugiadas o apátridas, de acuerdo con la legislación vigente, con los tratados y convenios en la materia y, a falta de ello, con el principio de reciprocidad.
Resida o habite en cualquier municipio perteneciente a la Comunidad Valenciana, con carácter habitual y con voluntad de permanencia en aquel, manifestada por medio de actos ejecutados de forma expresa frente a autoridades u otros actores sociales que acrediten un arraigo estable y real en la localidad. Sin perjuicio de lo anterior, podrán acceder al Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales las personas extranjeras que tengan la condición de exiliadas, refugiadas o apátridas, de acuerdo con la legislación vigente, con los tratados y convenios en la materia y, a falta de ello, con el principio de reciprocidad.
Resida o habite en cualquier municipio de España, con carácter habitual y con voluntad de permanencia en aquel, o bien de forma puntual siempre que sea acreditado por medio de actos ejecutados de forma expresa frente a autoridades u otros actores sociales. Sin perjuicio de lo anterior, podrán acceder al Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales las personas extranjeras que tengan la condición de exiliadas, refugiadas o apátridas, de acuerdo con la legislación vigente, con los tratados y convenios en la materia y, a falta de ello, con el principio de reciprocidad.
Resida o habite en cualquier municipio perteneciente a la Comunidad Valenciana, con carácter habitual y con voluntad de permanencia en aquel, o bien de forma puntual siempre que sea acreditado por medio de actos ejecutados de forma expresa frente a autoridades u otros actores sociales. Sin perjuicio de lo anterior, podrán acceder al Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales las personas extranjeras que tengan la condición de exiliadas, refugiadas o apátridas, de acuerdo con la legislación vigente, con los tratados y convenios en la materia y, a falta de ello, con el principio de reciprocidad.
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2 - Señale la respuesta INCORRECTA. El Ayuntamiento de Elx, ante el incremento de la demanda de servicios sociales, decide reorganizar la provisión de diversas prestaciones incluidas en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. Está analizando en que modalidad proveerá las prestaciones. De acuerdo con el artículo 34.3 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de los servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, en todo caso deberá proveer con la modalidad de gestión directa, los siguientes servicios de la atención primaria de carácter básico y de la atención primaria de carácter específico:
Atención diurna y nocturna.
Prescripción de las prestaciones y la elaboración, el seguimiento y la evaluación del plan personalizado de intervención social.
Asesoría técnica específica.
Prevención e intervención con las familias.
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3 - Jordi, de 67 años, se ha mudado recientemente de Galicia a la Comunitat Valenciana para vivir cerca de su hija. Aunque lleva empadronado dos meses, todavía no ha solicitado la tarjeta de información personalizada, TIP, del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. Ha acudido a solicitar cita con la trabajadora social y le informan de este instrumento técnico. Conforme al artículo 72 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de los servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, señala la respuesta INCORRECTA respecto a la TIP:
Posibilitará la continuidad y la coherencia del plan personalizado de intervención social y facilitará la homogeneidad de la información que hay en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
Es el instrumento técnico básico que, en aplicación de los principios de unidad de acción e integración, permita la relación entre los niveles de atención primaria y de atención secundaria del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
Es el instrumento identificativo de la ciudadanía en el ámbito del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
Es el elemento efectivo de acreditación de las prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales que legalmente tenga reconocidas la ciudadanía.
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4 - Leticia, monitora de balonmano en el centro deportivo municipal de Torrevieja, observa que Javi, un niño de 11 años que participa en sus entrenamientos, presenta hematomas de forma reiterada y muestra una actitud temerosa cuando se le pregunta por su origen. Aunque no aprecia un riesgo inmediato para su salud o seguridad, sospecha que el menor podría estar siendo víctima de una situación de violencia en su entorno familiar. De conformidad con el artículo 16 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, ¿qué debe hacer Leticia?
Comunicar la situación exclusivamente a la dirección del centro deportivo para que adopte medidas internas.
Comunicarlo de forma inmediata a los servicios sociales competentes.
Comunicarlo únicamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Esperar a confirmar los hechos antes de comunicarlo a cualquier autoridad.
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5 - Según el Decreto 19/2018, de 9 de marzo, del Consell, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana, si Andrea, que ya tiene reconocida la condición de familia monoparental, sufre variaciones de sus circunstancias familiares o personales que se deban tener en cuenta a los efectos de la modificación o de la extinción del derecho al título que tiene expedido:
Estará obligada a comunicar dicha situación a la dirección territorial, en el plazo máximo de tres meses desde que se produzca.
Estará obligada a comunicar dicha situación a la dirección general, en el plazo máximo de seis meses desde que se produzca.
Estará obligada a comunicar dicha situación a su centro municipal de servicios sociales, en el plazo máximo de tres meses desde que se produzca.
Estará obligada a comunicar dicha situación a la dirección territorial, en el plazo máximo de seis meses desde que se produzca.
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6 - Señale la respuesta correcta. Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, si Arantxa, de 16 años, en conflicto con la ley, debe cumplir la ejecución de una medida privativa de libertad, ingresará en un centro denominado:
Residencia de problemas graves de conducta.
Residencia socioeducativa.
Residencia de protección y medidas judiciales.
Residencia de reforma y reinserción social.
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7 - Roberto, de 17 años, ha sido declarado responsable de una infracción penal por daños tras incendiar, junto con un grupo de amigos, mobiliario urbano de su municipio de Picassent. Aunque nadie resultó herido, los daños materiales fueron elevados. Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, Roberto se considera persona menor de edad en conflicto con la ley:
Por haber adoptado respecto a él una medida judicial como consecuencia de haber cometido un hecho constitutivo de infracción penal, de acuerdo con la Ley orgánica 5/2000, aun cuando en el momento de ejecución de la medida ya tenía 18 años.
Por haber cometido uno o varios hechos constitutivos de infracción penal, independientemente de que se haya adoptado respecto a él una medida judicial, de acuerdo con la Ley orgánica 5/2000, y siempre que fuera menor de edad en el momento del hecho.
Por haber cometido uno o varios hechos constitutivos de infracción penal, independientemente de que se haya adoptado respecto a él una medida judicial, de acuerdo con la Ley orgánica 5/2000, aun cuando en el momento del hecho hubiera alcanzado la mayoría de edad.
Por haber adoptado respecto a él una medida judicial como consecuencia de haber cometido un hecho constitutivo de infracción penal, de acuerdo con la Ley orgánica 5/2000, siempre y cuando en el momento de ejecución de la medida fuera menor de edad.
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8 - Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, si el equipo municipal de servicios sociales de Xirivella está valorando la posibilidad de instar a la Generalitat a declarar el desamparo de Pedro, deberá tener en cuenta que:
Concluido el plazo previsto en la declaración de riesgo y en sus prórrogas y agotados todos los recursos y, en todo caso, cuando hayan transcurrido dos años desde la declaración inicial, sin que se hayan conseguido cambios en el desempeño de los deberes de guarda que garanticen que el niño, niña o adolescente cuenta con la necesaria asistencia moral o material, la entidad local instará al órgano competente de la Generalitat a declarar el desamparo.
Concluido el plazo previsto en la declaración de riesgo y en sus prórrogas y agotados todos los recursos y, en todo caso, cuando haya transcurrido un año desde la última prórroga, sin que se hayan conseguido cambios en el desempeño de los deberes de guarda que garanticen que el niño, niña o adolescente cuenta con la necesaria asistencia moral o material, la entidad local instará al órgano competente de la Generalitat a declarar el desamparo.
La declaración de riesgo especificará las acciones u omisiones a las que vienen obligados el padre, la madre, o las personas que ejerzan la tutela o la guarda, de hecho o de derecho, de la persona protegida, para hacer efectivas las medidas previstas en el proyecto de intervención social y educativo familiar, y en qué plazo, y advertirá expresamente que su incumplimiento puede determinar la declaración de desamparo.
El órgano competente para dictar la declaración de riesgo podrá, a propuesta preceptiva de la Generalitat, prorrogarla o, si ya no se dieran los presupuestos para considerar que la persona protegida está en tal situación, revocarla. La resolución revocatoria podrá establecer pautas de seguimiento o acompañamiento profesional a la persona protegida y a su familia para prevenir riesgos futuros.