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1 - Según la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, el personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón:
Puede desempeñar un segundo puesto de trabajo en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin ninguna restricción.
No puede desempeñar un segundo puesto de trabajo en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón, salvo en los casos previstos legalmente.
Puede desempeñar un segundo puesto de trabajo en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón sin necesidad de autorización expresa.
No puede desempeñar dos o más puestos de trabajo en distintas Administraciones públicas.