Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Señale la respuesta incorrecta. Según el art. 4 de la Ley 39/2015, se consideran interesados en el procedimiento administrativo:
Los que,sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados.
Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos.
Las asociaciones y organizaciones representativas de cualquier clase.
Aquellos cuyos intereses legítimos puedan resultar afectados por la resolución y se personen antes de la misma.