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1 - El art. 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, señala que las Entidades Locales sirven con objetividad los intereses públicos que les están encomendados y actúan de acuerdo con los principios de:
Eficacia, centralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
Eficacia, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
Jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
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