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1 - Según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, el ejercicio de la función de policía se legitimará cuando existiere perturbación grave de:
Paz ciudadana.
Moralidad ciudadana.
Bienestar ciudadano.
Todas las respuestas anteriores son correctas.