Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según lo dispuesto en el art. 11 de la Ley 40/2015 LRJSP, la encomienda de gestión:
No supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Supone cesión de la titularidad de la competencia, aunque no de los elementos sustantivos de su ejercicio.
No supone cesión de la titularidad de la competencia, pero sí de los elementos sustantivos de su ejercicio.