Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Conforme al artículo 10 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los tratamientos de datos referidos a condenas e infracciones penales, así como a procedimientos y medidas cautelares y de seguridad conexas serán posibles:
Cuando sean llevados a cabo por abogados y procuradores y tengan por objeto recoger la información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones.
Cuando lo disponga una norma de rango legal o reglamentario.
Cuando exista un consentimiento tácito por parte del interesado.
En ningún caso.