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1 - Según el Real Decreto 14/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial:
Los ciclos que, por construcción, no puedan ser ocupados por más de una persona, no podrán transportar a más personas.
En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de éstas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero que sea mayor de 10 años, siempre que vaya a horcajadas.
Las dos son verdaderas.
Las dos son falsas.