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1 - De acuerdo al RDL por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, quienes mantengan la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones, recibirán como bonificación:
Tres puntos.
Un punto los dos primeros años y tres puntos el siguiente.
Dos puntos durante los tres primeros años y un punto por los tres siguientes.
No se recibe ningún tipo de bonificación.