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1 - Según el artículo 2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, Ley 19/2013), las disposiciones del Título I: Transparencia de la actividad pública, se aplicarán a:
Las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, incluidas las Universidades públicas y privadas.
Las corporaciones de Derecho Privado, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo.
Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboradoras de la Seguridad Social.
Ninguna de las anteriores.