Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - En los contratos previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre:
En los contratos sujetos a regulación armonizada, el plazo de presentación de proposiciones podrá ser inferior a treinta y cinco días naturales.
En los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada, el plazo de presentación de proposiciones no será inferior a quince días.
En los contratos de obra no sujetos a regularización armonizada, el plazo de presentación de proposiciones no será inferior a quince días.
La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo mínimo de veinte días.