Ejercicio parte 3 Auxiliares Administrativos/as Ayuntamiento de Zamora 18/05/2023

Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - La fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de las entidades locales y de todos los organismos y sociedades de ellas dependientes:
Corresponde a la Intervención de la entidad local.
Corresponde al Tribunal de Cuentas u órganos fiscalizadores externos de las Comunidades Autónomas.
Corresponde a la Junta de Gobierno local.
Corresponde a la Intervención de la entidad local y, donde no exista, al Tribunal de Cuentas.
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2 - Las fases de ejecución del presupuesto de gastos son:
Retención de créditos; autorización y compromiso de gastos.
Autorización; compromiso o disposición del gasto y ordenación del pago.
Autorización; disposición o compromiso del gasto; reconocimiento de la obligación y ordenación de pago.
Reconocimiento; ordenación del pago y pago material.
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3 - Desde el punto de vista de la orden presupuestaria vigente, los gastos se clasifican en:
Orgánica y económica.
Orgánica, por programa y económica.
Orgánica y por programa.
Orgánica, por programa, económica y política.
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4 - Las fases de ejecución del presupuesto de ingresos son:
Compromiso de ingreso y liquidación de los derechos.
Compromiso de ingreso y cobro material.
Compromiso de ingreso y reconocimiento del derecho.
Compromiso de ingreso; reconocimiento y liquidación de los derechos e ingreso material o cobro.
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5 - Las entidades locales pueden imponer el pago de tasas por:
La realización de obras públicas que deriven en un incremento del valor de los bienes de los contribuyentes.
La prestación de servicios públicos o la realización de actividades administrativas de su competencia.
La utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público autonómico.
La utilización pública del dominio público local.
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6 - Los impuestos exigidos por las haciendas locales son:
De carácter obligatorio: el IBI, el IAE y el ICIO.
De carácter obligatorio: el IBI, el IAE y el IVTM.
De carácter potestativo: el IVTM, el ICIO y el IIVTNU.
De carácter potestativo: el IAE, el ICIO y el IBI.
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7 - Las Corporaciones municipales pueden establecer y exigir contribuciones especiales cuando:
Establezcan o amplíen servicios públicos locales siempre que deriven en un beneficio o en un aumento del valor de los bienes de ciertos obligados tributarios.
Presten un servicio público de su competencia.
Presten servicios de enseñanzas especiales en establecimientos docentes locales y por los derechos de examen en convocatorias públicas.
Presten servicios sanitarios de carácter privado.
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8 - La exigencia de las contribuciones especiales precisa de:
La previa adopción del llamado “acuerdo de exacción”.
La previa adopción del llamado “acuerdo de imposición”.
La previa adopción del llamado “acuerdo de ordenación”.
La previa adopción del llamado “acuerdo de recaudación”.
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9 - La base imponible de las contribuciones especiales está constituida:
Como mínimo, el Ayuntamiento deberá financiar un 90% de la ejecución.
Como máximo, por el 10% del coste que la entidad local soporte por la realización de las obras o por el establecimiento o ampliación de los servicios.
Como máximo, por el 90% del coste que la entidad local soporte por la realización de las obras o por el establecimiento o ampliación de los servicios.
Como mínimo, por el 90% del coste que la entidad local soporte por la realización de las obras o por el establecimiento o ampliación de los servicios.
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10 - ¿Qué requisitos deberán poseer los funcionarios para la promoción interna?
Tener una antigüedad, al menos, de cuatro años de servicio en el inferior Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo y superar las correspondientes pruebas selectivas.
Tener una antigüedad, al menos, de tres años de servicio en el inferior Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo y superar las correspondientes pruebas selectivas.
Tener una antigüedad, al menos, de dos años de servicio en el inferior Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo y superar las correspondientes pruebas selectivas.
Tener una antigüedad, al menos, de un año de servicio en el inferior Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo y superar las correspondientes pruebas selectivas.