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1 - El artículo 102 del Reglamento del Senado prohíbe, en su apartado 1:
Portar armas a los senadores en el recinto del Palacio del Senado.
Portar armas a todos aquellos que se encuentren en las tribunas.
Tomar imágenes en el interior del Hemiciclo.
Que los senadores hagan declaraciones públicas en relación con las iniciativas legislativas que se hallan en tramitación.