Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la duración máxima de los convenios de las administraciones publicas:
Tendrán una duración determinada, que no podrá ser superior a ocho años.
Tendrán una duración indeterminada.
Tendrán una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años.