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1 - El artículo 20 de la Constitución Española de 1978 (en adelante “Constitución Española”):
Determina que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.
Garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
Protege y reconoce la libertad de cátedra.
Reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas.