Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el artículo 81 de la LFPCyL, constituirá falta disciplinaria muy grave:
La falta de asistencia injustificada de un día.
La grave desconsideración con los superiores, compañeros o subordinados.
El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.
La intervención en un procedimiento administrativo existiendo motivos de abstención establecidos legalmente.