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1 - Según lo recogido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, las entidades locales en su actuación al servicio de los intereses públicos se ajustarán a los principios:
De descentralización, proximidad, eficacia y eficiencia y con estricta sujeción a la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
De eficiencia, jerarquía, descentralización y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
De eficacia, eficiencia y efectividad.