Parte 11 - Examen Administrativos/as (Tres plazas C.O) Ayuntamiento de Santander 11/04/2024

1 - La gestión directa de los servicios de competencia local en su forma de organismos autónomos locales y entidades públicas empresariales locales se regirán además de lo señalado en el artículo 85 bis de la Ley de Bases de Régimen Local, por lo dispuesto, en cuanto les resultase de aplicación:
Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
Ley 6/1997, de 14 de abril, Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2 - Según el artículo 115 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, las cláusulas mínimas que deben constar en toda concesión de servicios son:
Situación respectiva de la Corporación y del concesionario durante el plazo de vigencia de la concesión.
Tarifas que hubieren de percibirse del público, con descomposición de sus factores constitutivos, como base de futuras revisiones
Relaciones con los usuarios
Todas son correctas.
3 - El secuestro de una concesión tendrá carácter temporal, y su duración máxima será la establecida en el pliego de condiciones o en su defecto la que determinare la Corporación, sin que pueda exceder de:
Dos años ni de la tercera parte del plazo que restare para el término de la concesión.
Tres años ni de la cuarta parte del plazo que restare para el término de la concesión.
Dos años ni de la mitad del plazo que restare para el término de la concesión.
Tres años ni de la tercera parte del plazo que restare para el término de la concesión.
4 - Cuando algún particular solicitare por su propia iniciativa la concesión de un servicio tendrá derecho de tanteo si participare en la licitación y entre su propuesta económica y la que hubiere resultado elegida no existiere diferencia superior a:
Un 15 por 100.
Un 30 por 100.
Un 10 por 100.
Un 20 por 100.
5 - Para ser considerados válidos, los documentos electrónicos administrativos deberán contener, señale la respuesta incorrecta:
Incorporar los metadatos mínimos exigidos.
Incorporar las firmas electrónicas que correspondan.
Incorporar una referencia permanente del momento en que han sido emitidos.
Disponer de los datos de identificación que permitan su individualización.
6 - En cuanto a la práctica de las notificaciones en papel, en el caso de que el primer intento de notificación se haya realizado antes de las quince horas, el segundo intento deberá realizarse:
Después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de dos horas entre ambos intentos de notificación.
Después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación.
Después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de una hora entre ambos intentos de notificación.
Después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de cuatro horas entre ambos intentos de notificación.
7 - El registro electrónico de cada Administración u Organismo garantizará la constancia, en cada asiento que se practique:
Identificación del interesado.
Fecha y hora de su presentación.
Persona u órgano administrativo al que se envía.
Todas son correctas.
8 - Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido:
Veinte días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Veinte días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
9 - Como señala el artículo 16.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en todo caso, las disposiciones de creación de registros electrónicos especificarán:
La fecha y hora oficial.
Los días declarados como inhábiles.
El órgano o unidad responsable de su gestión.
Todas son correctas.