1 - El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa, cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, este será:
De 6 meses.
De 1 mes.
De 3 meses.
De 9 meses.
2 - Conforme a la normativa especial aplicable a la selección de los funcionarios de carrera de la Administración Local:
El sistema de concurso-oposición es el general y la oposición o el concurso será el sistema aplicable cuando así se justifique por ser más adecuados atendiendo a la naturaleza de las plazas o de las funciones a desempeñar.
El sistema de oposición es el general y el concurso-oposición o el concurso será el aplicable cuando así se justifique por ser más adecuado atendiendo a la naturaleza de las plazas o de las funciones a desempeñar.
El sistema de concurso es el general y la oposición o el concurso-oposición serán el sistema aplicable cuando así se justifique por ser más adecuado atendiendo a la naturaleza de las plazas o de las funciones a desempeñar.
No hay un sistema general y la oposición, el concurso-oposición o el concurso será el aplicable cuando así se justifique por ser el sistema más adecuado atendiendo a la naturaleza de las plazas o de las funciones a desempeñar.
3 - Conforme a lo anterior la elección del sistema de selección de los funcionarios de administración local:
La elección del sistema de selección es discrecional.
La elección del sistema de selección es discrecional si lo decide la Junta de Gobierno Local.
La elección del sistema de selección es discrecional si lo decide el Pleno Municipal.
La elección del sistema de selección no es discrecional, el concurso- oposición o el concurso tienen el riesgo de adjudicación “ad personam” por el peso otorgado a la fase de concurso, lo que es contrario a los principios de igualdad, mérito y capacidad.
4 - ¿Cómo serán emitidos los informes?
A través de escrito dirigido al órgano competente para tramitar.
A través de escrito dirigido al órgano competente para resolver.