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1 - RESERVA 2. Según el punto 3, Jefatura de Sección, del artículo 18, “descripción de puestos tipos”, del vigente convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de Sevilla (artículo 18 actualizado, del Estatuto Básico del Empleado Público), el puesto de jefatura de sección:
Es responsable, dentro de las funciones que le están encomendadas, de la decisión, dirección, ejecución y control del trabajo de las distintas unidades administrativas integradas en la sección.
Es responsable de mando cuya competencia comprende funciones de estudio, informe, asesoramiento y propuesta de carácter superior, y la directa realización de actividades para las que capacita específicamente un título superior.
Es responsable de la ejecución, instrucción y coordinación de los diferentes trabajos de la unidad administrativa. El titular realiza trabajos de mayor dificultad que los supervisados.