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1 - Según el Artículo 28 bis de la LO 1/2004, ¿qué elementos abarca el derecho a la reparación de las víctimas de violencia de género?
La compensación económica, la recuperación física, psíquica y social, acciones de reparación simbólica y garantías de no repetición.
Únicamente la compensación económica por daños materiales.
Exclusivamente la sanción penal al agresor.