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1 - De acuerdo con el artículo 70 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la ordenación del procedimiento administrativo común se realiza a través de un expediente administrativo que (señale la incorrecta):
Tendrá formato electrónico.
Se formarán mediante la agregación ordenada de cuantos documentos, pruebas, dictámenes, informes, acuerdos, notificaciones y demás diligencias deban integrarlo, así como un índice numerado de todos los documentos que contenga cuando se remita.
Deberá recoger copia electrónica de la resolución adoptada.