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1 - ¿Las entidades locales pueden delegar las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias atribuidas por la Ley de Haciendas Locales y de otros ingresos de carácter público que les correspondan?
No, en ningún caso
Sí, en cualquier otra entidad pública
Sí, en la comunidad autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas.
No, salvo que lo autorice expresamente el Ministerio de Hacienda