1 - Según el art. 104 de la Ley 17/2017, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana:
Las faltas muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años, y las leves al mes.
Las faltas muy graves prescribirán a los tres años, las graves al año, y las leves a los seis meses.
Las faltas muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años, y las leves a los seis meses.
Las faltas muy graves prescribirán a los dos años, las graves al año, y las leves al mes.
2 - Ley Orgánica 4/2010, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, es de aplicación a los Cuerpos de Policía Local:
No, en ningún caso.
Solo en lo referente al procedimiento para las faltas leves.
Solo en lo referente al procedimiento para faltas graves y muy graves.
Si, de acuerdo con lo dispuesto en su disposición final sexta.
3 - Según lo establecido en el art. 94 de la Ley 17/2017, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, los derechos esenciales de procedimiento disciplinario son:
Presunción de inocencia, sometimiento a la Ley y al Derecho y objetividad.
Presunción de inocencia, información, defensa y audiencia.
Presunción de inocencia, seguridad jurídica y neutralidad.
Presunción de inocencia, igualdad, contradicción y transparencia.
4 - El artículo 2 de la Resolución 169/34, de 17 de diciembre de 1979, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por la que se aprueba el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, establece que:
Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley.
Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas.
En el desempeño de sus tareas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana.
Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto.
5 - Es un instrumento de reconocimiento y protección de los derechos humanos:
La Declaración Universal de los Derechos Humanos.
El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y libertades.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Son todos los citados en las respuestas anteriores.
6 - NO es un convenio internacional en materia de derechos humanos:
La Convención sobre los Derechos del Niño.
La Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación social.
La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
El Pacto Europeo sobre los Derechos del Trabajador.
7 - La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en París, el 10 de diciembre de:
1928.
1948.
1984.
1998.
8 - La Declaración Universal de Derechos Humanos contiene:
21 artículos.
30 artículos.
33 artículos.
59 artículos.
9 - La Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, fue adoptada por la Asamblea general de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de:
1928.
1948.
1984.
1998.
10 - La Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, contiene?