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1 - Según el artículo 335.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, se impondrá multa de cuatro a ocho meses, inhabilitación especial para cazar, pescar o realizar actividades de marisqueo de uno a tres años y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por el mismo periodo a quien cace, pesque o realice actividades de marisqueo relevantes sobre especies distintas de las del artículo anterior en terrenos públicos o privados ajenos sometidos a régimen cinegético especial sin permiso del titular, o en zonas sometidas a concesión o autorización marisquera o acuícola sin el debido título administrativo habilitante, ______________.
además de las penas del apartado 1 si proceden
sin perjuicio de la sustitución de la pena por trabajos en beneficio de la comunidad
además de las penas del apartado 3 en todo caso