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1 - Conforme al artículo 340 bis de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, ¿cuál es la consecuencia jurídica específica cuando, en un supuesto de lesiones a animales, se emplean armas de fuego?
El juez o tribunal debe imponer, además de la pena correspondiente por las lesiones, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 a 4 años.
El juez o tribunal puede imponer, además de la pena correspondiente por las lesiones, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 a 4 años.
El juez o tribunal puede imponer, además de la pena correspondiente por las lesiones, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 2 a 5 años.