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1 - Según el artículo 77 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud (Asturias), ¿qué requisito previo se exige para la introducción y uso de tecnologías sanitarias en el Sistema Sanitario Público del Principado de Asturias?
Una evaluación exclusivamente económica de sus consecuencias, especialmente para productos farmacéuticos
Una evaluación voluntaria y unidisciplinar de sus consecuencias, limitada a procedimientos quirúrgicos
Una evaluación sistemática y multidisciplinar de sus consecuencias, especialmente para dispositivos médicos