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1 - Según el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ¿cuándo se considera realizado un gasto subvencionable con carácter general?
Cuando ha sido efectivamente pagado antes de que finalice el período de justificación, salvo previsión distinta en las bases reguladoras.
Cuando ha sido efectivamente facturado antes de la finalización del ejercicio presupuestario, salvo previsión distinta en las bases reguladoras.
Cuando ha sido efectivamente comprometido antes de la resolución de concesión, salvo previsión distinta en las bases reguladoras.