Parte 2 - Examen tipo test - Bolsa Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de Huelva 07/02/2026

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1 - ¿Cuál es el plazo máximo establecido en el artículo 122 LPACAP para dictar y notificar la resolución del recurso de alzada?
Un mes.
Tres meses.
Seis meses.
Un año.
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2 - Qué plazo establece el artículo 125 LPACAP para la interposición del recurso extraordinario de revisión cuando aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida?
Un mes a contar desde el conocimiento de los documentos.
Tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos.
Seis meses a contar desde el conocimiento de los documentos.
Un año a contar desde el conocimiento de los documentos.
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3 - Los convenios:
Son acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.
Podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos. En tal caso, su naturaleza y régimen jurídico se ajustará a lo previsto en la legislación de contratos del sector público.
Se encuentran regulados en los artículos 47 y siguientes de la LPACAP.
Todas las respuestas anteriores son correctas.
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4 - Las diferentes Administraciones Públicas actúan y se relacionan con otras Administraciones y entidades u organismos vinculados o dependientes de éstas, de acuerdo con los principios señalados en el artículo 140 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP), entre los que se encuentran los siguientes:
Lealtad institucional, adecuación al orden de distribución de competencias establecido en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía y en la normativa del régimen local, eficacia y solidaridad interterritorial de acuerdo con la Constitución.
Lealtad institucional, adecuación al orden de distribución de competencias establecido en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía y en la normativa del régimen local y solidaridad interterritorial de acuerdo con la Constitución.
Colaboración, cooperación, coordinación, eficacia y eficiencia.
Lealtad institucional, adecuación al orden de distribución de competencias establecido en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía y en la normativa del régimen local, colaboración, cooperación, coordinación, eficacia, eficiencia y solidaridad interterritorial de acuerdo con la Constitución.
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5 - Indique cuál de las siguientes afirmaciones es correcta:
Es motivo de abstención tener vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, así como el parentesco de consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
Las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el artículo 23.2 de la LRJSP, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en que hayan intervenido.
Las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el artículo 23.2 de la LPACAP, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
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6 - En materia de responsabilidad patrimonial:
Transcurridos seis meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, se producirá la caducidad del expediente y podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular.
Transcurridos seis meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular.
Transcurridos seis meses desde que se inició el procedimiento, a instancia de parte, sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, la persona interesada podrá entender desestimada su reclamación, por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la LPACAP.
Transcurridos seis meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, la persona interesada podrá entender estimada su reclamación, por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la LPACAP.
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7 - Conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la LRJSP:
La competencia es irrenunciable y se ejercerá, en todo caso, por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia.
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos superiores competentes por razón de la materia y del territorio.
La competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en ésta u otras leyes.
La delegación de competencias, las encomiendas de gestión, la delegación de firma y la suplencia alteran la titularidad de la competencia y de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén.
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8 - Según la LPACAP respecto a la obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos:
Todas las personas físicas deben obligatoriamente usar medios electrónicos para cualquier trámite, sin excepción, aunque puedan modificar el medio elegido posteriormente.
Solo las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica están obligadas, mientras que las personas físicas nunca lo están.
Están obligados quienes ejerzan actividades profesionales con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en el ejercicio de dicha actividad profesional.
Ningún colectivo está obligado a usar medios electrónicos, pero las Administraciones pueden imponerlo reglamentariamente a todos los ciudadanos sin excepción.