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1 - Un funcionario, en caso de hospitalización de su padre, tiene derecho reconocido por el Estatuto Básico del Empleado Público a:
Un permiso de 3 días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y 5 días hábiles cuando sea en distinta localidad.
Un permiso de 2 días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y 4 días hábiles cuando sea en distinta localidad.
No tiene derecho a permiso alguno.
El incremento en 3 días de los asuntos particulares.