Parte 8 - Ejercicio único tipo test - Escala Administrativa (OPECOADM) Universidad de Málaga 10/03/2023

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1 - La disposición adicional octava del Reglamento 3/ 2022, de 17 de junio, de la Universidad de Málaga, sobre matriculación de estudiantes en actividades formativas correspondientes a planes de estudios conducentes a títulos de carácter oficial de grado y máster establece que un estudiante que curse un programa académico de recorrido sucesivo en el ámbito de la ingeniería y la arquitectura podrá ser admitido y matricularse en el máster vinculado sin haber terminado el grado, siempre que:
Le reste por superar el TFG y una o varias asignaturas que en ningún caso de forma conjunta (TFG y asignaturas) podrán superar los 36 créditos ECTS.
Le reste por superar el TFG y como máximo hasta 18 créditos del grado.
Le reste por superar el TFG y una o varias asignaturas que en ningún caso de forma conjunta (TFG y asignaturas) podrán superar los 30 créditos ECTS.
Le reste por superar el TFG y como máximo hasta 9 créditos del grado.
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2 - ¿Cuál de las siguientes opciones es uno de los criterios recogidos en el artículo 8 de las normas reguladoras de los reconocimientos de estudios o actividades, y de la experiencia laboral o profesional, a efectos de la obtención de títulos universitarios oficiales de graduado y máster de la Universidad de Málaga a tener en cuenta en la resolución de una solicitud de reconocimiento de créditos en la que se alegue la realización de actividades universitarias?
Únicamente será posible el reconocimiento de las actividades realizadas con anterioridad a la primera matriculación en el centro y titulación de la Universidad de Málaga al que se desea aplicar el respectivo reconocimiento.
Únicamente será posible el reconocimiento de las actividades realizadas con posterioridad a la primera matriculación en el centro y titulación de la Universidad de Málaga al que se desea aplicar el respectivo reconocimiento.
Únicamente será posible el reconocimiento de las actividades realizadas en el curso académico inmediatamente anterior a la primera matriculación en la titulación de la Universidad de Málaga al que desea aplicar el respectivo reconocimiento.
Únicamente será posible el reconocimiento de las actividades realizadas con posterioridad a la segunda matriculación en el centro de la Universidad de Málaga al que desea aplicar el respectivo reconocimiento.
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3 - Teniendo en cuenta lo recogido en el artículo 12 de las normas reguladoras de los reconocimientos de estudios o actividades, y de la experiencia laboral o profesional, a efectos de la obtención de títulos universitarios oficiales de graduado y máster de la Universidad de Málaga, ¿es posible el reconocimiento de créditos en una titulación de máster universitario cuando la actividad alegada es la realización de un voluntariado en una ONG?
No es posible el reconocimiento de créditos por actividades universitarias en las titulaciones de máster universitario.
Únicamente será posible el reconocimiento para aquellos títulos de máster universitario en cuyos planes de estudios se contemple expresamente dicha posibilidad.
Si es posible, no pudiendo ser objeto de reconocimiento un número de créditos superior al 5% de la carga lectiva del título de máster universitario.
Si es posible, no pudiendo ser objeto de reconocimiento un número de créditos superior al 15% de la carga lectiva del título de máster universitario.
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4 - Según establece el artículo 16 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, un título de máster puede incluir una o varias especialidades; dichas especialidades:
Podrán constar en la memoria verificada del plan de estudios del título de máster. El número de créditos ECTS que conformen una especialidad no podrá superar el 50% del número total de créditos que componen el plan de estudios de Máster.
Deberán constar en la memoria verificada del plan de estudios del título de máster. El número de créditos ECTS que conformen una especialidad no podrá superar el 50% del número total de créditos que componen el plan de estudios de Máster.
Podrán constar en la memoria verificada del plan de estudios del título de máster. El número de créditos ECTS que conformen la especialidad no podrá superar el 30% del número total de créditos que componen el plan de estudios de Máster.
Deberán constar en la memoria verificada del plan de estudios del título de máster. El número de créditos ECTS que conformen la especialidad no podrá superar el 40% del número total de créditos que componen el plan de estudios de Máster.
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5 - De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, ¿un estudiante que haya elegido cursar la mención dual de una enseñanza de grado, puede abandonar dichos estudios?
Podrá, si lo considera oportuno, abandonarla y volver al itinerario general siempre que no haya cursado un tercio de los créditos definidos para la obtención de la mención dual en el respectivo plan de estudios.
Podrá, si lo considera oportuno, abandonarla y volver al itinerario general siempre que no haya superado la mitad de los créditos definidos para la obtención de la mención dual en el respectivo plan de estudios.
No podrá abandonarla.
Podrá, si lo considera oportuno, abandonarla y volver a solicitar plaza en otra titulación de grado distinta a través de los procedimientos de admisión establecidos en la normativa vigente.
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6 - Dentro del procedimiento de verificación de los planes de estudios de las enseñanzas oficiales, recogido en el artículo 26 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, la agencia de calidad propondrá un informe provisional de verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios del título universitario oficial; dicho informe:
Podrá ser motivado, podrá ser favorable, favorable con condiciones o desfavorable.
Deberá ser motivado, podrá ser favorable, favorable con condiciones o desfavorable.
Deberá ser motivado y deberá ser favorable o desfavorable.
Podrá ser motivado y deberá ser favorable, favorable con condiciones o desfavorable.
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7 - Los títulos incluidos dentro de las enseñanzas de formación permanente para las que se requiere titulación universitaria previa son, según recoge el artículo 37 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, son:
Máster de formación permanente (con una carga de entre 60 y 90 créditos ECTS), el diploma de especialización (con una carga de entre 36 y 59 créditos ECTS) y el diploma de experto (con una carga de menos de 36 créditos ECTS).
Máster de formación permanente (con una carga de 65, 90 y 120 créditos ECTS), el diploma de especialización (con una carga de entre 15 y 20 créditos ECTS) y el diploma de experto (con una carga de menos de 15 créditos ECTS).
Máster de formación permanente (con una carga de 60, 90 y 120 créditos ECTS), el diploma de especialización (con una carga de entre 30 y 59 créditos ECTS) y el diploma de experto (con una carga de menos de 30 créditos ECTS).
Máster de formación permanente (con una carga de entre 90 y 120 créditos ECTS), el diploma de especialización (con una carga de entre 30 y 120 créditos ECTS) y el diploma de experto (con una carga de menos de 36 créditos ECTS).
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8 - De acuerdo con el artículo 14 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, las prácticas externas curriculares que se incorporen en un plan de estudios de un título de grado con mención dual, tendrán una extensión de:
La extensión máxima será equivalente al 25% del total de créditos del título de grado.
La extensión máxima estará entre el 25% y el 50% del total de créditos del título de grado.
La extensión máxima estará entre el 20% y el 50% de los créditos en títulos de grado.
La extensión máxima estará entre el 20% y el 40% de los créditos en títulos de grado.
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9 - ¿Cuál es el número de créditos mínimo y máximo establecido en el artículo 14 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad para la asignatura trabajo fin de grado (TFG)?
El TFG dispondrá de un mínimo de 6 créditos para todos los títulos y un máximo de 24 créditos para títulos de 240 créditos, de 30 créditos para títulos de 300 créditos y de 36 créditos para títulos de 360 créditos.
El TFG dispondrá de un mínimo de 6 créditos para todos los títulos y un máximo de 30 créditos para títulos de 240 créditos, de 36 créditos para títulos de 300 y de 360 créditos.
El TFG dispondrá de un mínimo de 12 créditos para todos los títulos y un máximo de 30 créditos para títulos de 240 créditos, de 36 créditos para títulos de 300 y 360 créditos.
El TFG dispondrá de un mínimo de 12 créditos y un máximo de 36 créditos para todos los títulos de grado.
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10 - De acuerdo con los establecido en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se considera modificación sustancial de un plan de estudios, (señale la respuesta incorrecta)
La incorporación o modificación de menciones y especialidades y su distribución en créditos.
El cambio de modalidad de impartición.
El cambio en el número de plazas ofertadas.
El cambio de adscripción de asignaturas.