Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Los españoles tendrán el derecho de petición:
Siempre que se realice individualmente.
Tanto si lo ejercen de manera individual o colectiva, salvo los miembros de las Fuerzas o Institutos Armados sometidos a disciplina militar que sólo podrán ejercerlo individualmente.
Podrá ejercerse por escrito o por manifestación verbal.
Únicamente en aquellos supuestos numerados que la Constitución señala.