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1 - El delito contra la salud pública del 368 del Código Penal, con respecto de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, castiga:
Los que, sin justificación terapéutica, prescriban, proporcionen, dispensen, suministren, administren, ofrezcan o faciliten.
El que ejecute actos de cultivo, elaboración, tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo, o las posean con aquellos fines.
El que fabrique, importe, exporte, suministre, intermedie, comercialice, ofrezca o ponga en el mercado, o almacene con estas finalidades.
El que, sin hallarse debidamente autorizado, las elabore, despache o suministre, o comercie con ellas.