Parte 10 - Examen tipo test (Ejercicio único) - 4 plazas de Administrativo/a Junta General del Principado de Asturias 12/05/2025

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1 - Don MAN, funcionario interino, quiere solicitar una reducción de jornada por razones de guarda legal por tener a su cuidado directo una hermana con discapacidad que requiere especial dedicación. Según las “Normas reguladoras del régimen de jornada, horarios, permisos, licencias y vacaciones de los funcionarios de la Junta General”:
Podrá solicitar a la Presidencia la reducción de jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional de sus retribuciones.
Podrá solicitar a la Presidencia la reducción de su jornada de trabajo desde el 80% hasta el 60 %, percibiendo proporcionalmente reducidas la totalidad de sus retribuciones.
Podrá solicitar al Letrado Mayor la reducción de jornada desde un tercio hasta un medio, percibiendo proporcionalmente entre el 80% y el 60% de la totalidad de sus retribuciones.
Podrá solicitar a la Mesa la reducción de su jornada un 60% con la disminución correspondiente de sus retribuciones.
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2 - Don FMG, personal eventual en la Junta General, fue padre de un bebé el 8 de junio de 2024. En ese momento estaba disfrutando de sus vacaciones, que quedaron interrumpidas al concederse el permiso de paternidad. ¿Cuándo puede disfrutar el tiempo que resta de vacaciones de acuerdo con las “Normas reguladoras del régimen de jornada, horarios, permisos, licencias y vacaciones de los funcionarios de la Junta General”?:
En un periodo distinto dentro del mismo año o en el año natural inmediatamente posterior.
Una vez finalizado el permiso y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se haya originado.
Una vez finalizado el permiso y siempre que no hayan transcurrido más de quince meses a partir del final del año en que se haya originado.
En un periodo distinto dentro del mismo año o en los dos años naturales inmediatamente posteriores.
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3 - La señora EFG, funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores de la Junta General, sufre un accidente al quitar una alfombra del edificio administrativo en la que suelen tropezar los compañeros y las visitas. Esta tarea, que no es una de las funciones propias de su puesto de trabajo, la ejecuta espontáneamente, sin que medie orden de sus superiores, en interés del buen funcionamiento de la Junta General para evitar reclamaciones de quienes puedan sufrir daños por caídas. En este caso:
No se considerará accidente de trabajo y se exigirá un periodo previo de cotización de, al menos, 180 días cotizados para el derecho a las prestaciones derivadas del accidente.
Se considerará accidente de trabajo y no se exigirán periodos previos de cotización para el derecho a las prestaciones derivadas del accidente.
No se considerará accidente de trabajo y no se exigirán periodos previos de cotización para el derecho a las prestaciones derivadas del accidente.
Se considerará accidente de trabajo y se exigirá un periodo previo de cotización de, al menos, treinta días cotizados para el derecho a las prestaciones derivadas del accidente.
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4 - El Portavoz de un Grupo Parlamentario solicita adquirir muebles que le hacen falta para las dependencias que se le han asignado. El importe de la inversión es de 30.500 euros y se financiará con cargo al concepto presupuestario 626000 “mobiliario”. De acuerdo con las Normas sobre Régimen Económico y Presupuestario de la Junta General, una vez instalados los muebles, antes de reconocer la obligación:
Se verificará materialmente por la Intervención la efectiva realización de las adquisiciones realizadas con cargo al presupuesto de la Junta General y su adecuación al contraído del correspondiente contrato.
Se justificará la comprobación de la inversión con el visto bueno otorgado por el Jefe de Servicio o persona autorizada para recibir o aceptar las adquisiciones en la correspondiente factura.
Se emitirá un informe que acredite la idoneidad de los bienes suministrados.
Se verificará que el proveedor no tenga deudas pendientes que deban ser libradas con cargo a los fondos presupuestarios.
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5 - Don GRH, funcionario del Cuerpo Superior de Administradores de la Junta General, ha sido nombrado Director General del Catastro Nacional. Denunciado por un delito de prevaricación relacionado con la difusión de datos catastrales, ha sido dictado contra él auto de procesamiento. Aunque reclama su derecho a la presunción de inocencia, para evitar perjuicios a la Administración, presenta por escrito renuncia voluntaria a la condición de funcionario mientras se sustancia el procedimiento judicial. Una vez terminado el proceso, por sentencia se impone a don GRH la pena accesoria de inhabilitación absoluta. En tal situación:
Perderá la condición de funcionario por renuncia voluntaria. La renuncia tendrá efectos desde la fecha de la presentación del escrito en el Registro de la Junta General.
Perderá la condición de funcionario por renuncia voluntaria, que será aceptada expresamente por el Presidente de la Junta General. La renuncia tendrá efectos desde la fecha de la aceptación.
No perderá la condición de funcionario hasta que la sentencia adquiera firmeza.
Perderá la condición de funcionario respecto del cargo de Director General, pero no respecto a otros empleos o cargos que tuviere.
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6 - Don FMG solicitó disfrutar el permiso por nacimiento de su hijo el 8 de junio de 2024 de forma interrumpida, una vez transcurridas las seis primeras semanas de descanso obligatorio. Le quedan por disfrutar quince días y solicita, con veinte días de antelación, los quince primeros días de julio de 2025. De acuerdo con las “Normas reguladoras del régimen de jornada, horarios, permisos, licencias y vacaciones de los funcionarios de la Junta General”:
Se concederá, pues tiene un plazo para disfrutar dicho permiso de seis meses desde el fin del periodo de lactancia.
Se denegará porque el permiso tiene que disfrutarse dentro de los doce meses a contar desde el nacimiento del hijo o hija.
Se concederá porque puede disfrutar de ese permiso hasta doce meses después de la finalización del descanso obligatorio.
Se denegará porque debió avisar al menos con un mes de antelación.
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7 - El funcionario don SAP, adscrito al Servicio de Asuntos Parlamentarios, de acuerdo con las Normas de aplicación del e-Parlamento en la Junta General, deberá tener presente, a la hora de computar correctamente el plazo de presentación de un documento en el Registro Electrónico, que:
Resulta exigida la presentación en horario laboral, los plazos se suspenden durante el mes de agosto y los documentos habrán de contener la firma digitalizada.
Está permitida la presentación ininterrumpida de documentos de no existir plazo determinado, se podrá aplicar ampliación por fallos derivados de causas técnicas u operativas coincidentes con vencimientos y la recepción será computada al primer día hábil siguiente, si la presentación fue llevada a cabo en día inhábil.
Resulta exigida la presentación en días hábiles, entre las 9:00 y las 14:00 horas, a menos que exista un plazo que determine otra cosa.
Los plazos se entenderán marcados por días naturales, se expedirá acuse de recibo por correo electrónico y resultará exigible la validación presencial complementaria.
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8 - Doña FMA, funcionaria adscrita al Servicio de Biblioteca, Archivo y Documentación, recibe la instrucción de verificar la composición de un expediente electrónico. En cumplimiento de lo dispuesto en las Normas de aplicación del e- Parlamento en la Junta General, la funcionaria deberá verificar que el expediente electrónico contiene:
Firma digitalizada de los documentos, código QR y sello oficial del Registro Electrónico de Entrada o Salida, según sea el caso.
Documentos electrónicos, índice electrónico firmado y metadatos contextuales.
Copia autentificada del documento de papel, registro cronológico de todos sus trámites y certificado de validación.
Huella digital válida, formato PDF/A y validación expresa del Encargado del Registro.
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9 - Se recibe en la Junta General una solicitud de acceso a información pública relativa una proposición no de ley sobre la Autovía A-63 que ha sido debatida en el Pleno. Tanto la proposición no de ley como el debate están en curso de elaboración y de publicación general. De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y con el Reglamento de la Junta General:
La Mesa de la Cámara inadmitirá la solicitud.
El Letrado Mayor autorizará el acceso a la información tras la pertinente acción previa de reelaboración.
El Presidente de la Junta General inadmitirá la solicitud.
El Letrado Mayor remitirá la solicitud a la Administración del Principado de Asturias competente por razón de la materia.
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10 - En el Registro Electrónico de la Junta General se recibe un escrito suscrito por doña VPF, don JSR, doña PAR y doña APD. Dicho escrito no reúne los requisitos del artículo 66 de la Ley 39/2015, puesto que no consta el medio electrónico ni el lugar físico en que desean que se practique la notificación; ante la falta de los requisitos citados de la solicitud, ¿cómo procederá la Administración?:
Requerirá al que figura en primer término para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se archivará la solicitud sin más trámite.
Requerirá al representante o al interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, al que figure en primer término para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada norma.
Notificará al representante o al interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, al que figure en primer término que, en caso de que no reformule la solicitud en plazo y forma, se archivará el expediente, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada norma.
Publicará en el boletín oficial correspondiente un requerimiento para que se designe a la persona con la que se han de seguir las actuaciones y el domicilio a efectos de notificaciones, con indicación de que, si así no se hiciera, se archivará la solicitud sin más trámite.