Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Las listas subsidiarias resultantes de las convocatorias especiales perderán vigencia, de acuerdo con el artículo 30 de las “Normas complementarias de ingreso del personal, de provisión de puestos de trabajo y de promoción interna de los funcionarios de la Junta General”:
Cuando se agoten.
A los cinco años de su aprobación.
A los tres años de su aprobación.
A los diez años de su aprobación.