Parte 9 - Examen tipo test (Ejercicio único) - 4 plazas de Administrativo/a Junta General del Principado de Asturias 12/05/2025

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1 - La conversión entre documentos electrónicos supondrá, de acuerdo con el artículo 16 de las Normas de aplicación del e-Parlamento en la Junta General:
La generación de un nuevo documento electrónico con diferente formato o versión a la del documento origen, que cumplirá con lo establecido en la NTI de Documento Electrónico.
La creación de un nuevo documento electrónico, reproducción del original, con diferentes grados de perfección en relación con su finalidad y aproximación al original.
La reproducción de copias idénticas al documento electrónico original, que no comportan cambio de formato ni de contenido y tendrán la eficacia jurídica de documento electrónico original.
La creación de extractos del contenido del documento origen que corresponda, que permitan mantener la confidencialidad de aquellos datos que no afecten al interesado.
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2 - Según el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, cuando los datos personales sean obtenidos del afectado, el responsable podrá dar cumplimiento al deber de información establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 facilitando al afectado, al menos, la siguiente información básica:
La identidad de las personas que intervengan en cualquier fase del procedimiento, las categorías de datos objeto de tratamiento y la forma de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento UE 2016/679.
La identidad de los sujetos que han sido fuentes informantes para obtener los datos de los que se trate, así como los niveles en los que se clasifican los datos objeto de tratamiento.
La identidad del responsable del tratamiento y de su representante, en su caso, la finalidad del tratamiento y la posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento UE 2016/679, e indicándole una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información.
La dirección exacta del sitio web en la que se ha obtenido la información y la dirección electrónica a la que se puede dirigir en caso de reclamación y en la que puede obtener de forma sencilla e inmediata el resto de información.
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3 - De acuerdo con el artículo 20 de las Normas de aplicación del e- Parlamento en la Junta General, el Archivo electrónico de la Junta General tendrá como funciones:
La administración de los documentos y expedientes electrónicos cuya tramitación haya concluido, y específicamente la coordinación de las labores de selección y valoración de documentos de acuerdo con la normativa vigente, la descripción, auditorías de uso y circulación de documentos y control de la autenticidad e integridad de los documentos.
La custodia de los documentos y expedientes electrónicos cuya tramitación haya concluido, y específicamente la selección y valoración de documentos y expedientes de acuerdo con la normativa vigente.
La custodia de los documentos y expedientes electrónicos de la Junta General, y específicamente la selección y valoración de documentos y expedientes de acuerdo con la normativa vigente.
El depósito de los documentos y expedientes electrónicos de la Junta General y específicamente su valoración, selección y expurgo de acuerdo con la normativa vigente.
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4 - Don AMF, personal eventual adscrito al Grupo Parlamentario CDF, solicita, en representación de un diputado de su Grupo, a través del Registro Electrónico de la Junta General del Principado de Asturias, información concerniente a un expediente electrónico. ¿Qué requisitos exigidos por el artículo 9 de las Normas de aplicación del e-Parlamento en la Junta General permiten al funcionario responsable de la tramitación verificar la existencia de apoderamiento válido para actuar legítimamente por medio de la herramienta del Registro Electrónico?:
Comunicación del apoderamiento al responsable del Servicio de Asuntos Parlamentarios, haciendo constar el plazo por el que el mismo se otorga y la expresa aceptación del apoderado, que habrá de contar, expedido a su nombre, con el certificado para personal al servicio de la Administración Pública.
Declaración jurada del poderdante, comunicación al responsable del Servicio de Asuntos Parlamentarios y poseer un DNIe validado en la aplicación de Registro Electrónico.
Certificado de nombramiento como personal eventual del Grupo Parlamentario, comunicación expresa del apoderamiento y aceptación del apoderado.
Certificado de nombramiento como personal eventual del Grupo Parlamentario, aceptación del apoderado y poseer un DNIe validado en la aplicación de Registro Electrónico.
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5 - El Letrado Mayor ordena a don SAG, funcionario de carrera adscrito al Servicio de Asuntos Generales, que no tramite los permisos de los funcionarios porque, en atención a las circunstancias del caso, no procede su concesión hasta nueva orden. La Junta de Personal pide explicaciones de por qué no se tramitan y don SAG solicita al Letrado Mayor que le dé la orden por escrito. Mientras no tenga esa orden escrita, ¿cómo debe actuar don SAG, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?:
No cumplirá la orden verbal porque tiene dudas sobre si es correcta o ejecutiva y, al no constar por escrito, los interesados no pueden impugnarla.
No cumplirá la orden recibida porque los actos administrativos deben producirse por escrito salvo cuando concurran razones de fuerza mayor, que no se describen en este caso.
Cumplirá la orden verbal, efectuando la constancia escrita del acto, que firmará expresando la autoridad de la que procede, para remitirla a la Junta de Personal.
Cumplirá la orden verbal solicitando la conformidad de su jefa de servicio.
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6 - El Servicio de Asuntos Generales justifica la necesidad de adquirir un programa de ordenador para tramitar las nóminas de la Junta General. El programa debe ser desarrollado a medida para adaptarlo a las particularidades de las retribuciones de los diputados. El valor estimado del contrato es de 50.000 euros, y para su adjudicación, el pliego incluye criterios evaluables mediante juicio de valor cuya ponderación supera el cincuenta por ciento del total. De acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se podrá tramitar como:
Contrato de suministro y se podrá acordar la utilización del procedimiento abierto simplificado abreviado.
Contrato de servicios y se podrá acordar la utilización del procedimiento abierto simplificado.
Contrato de suministro y se podrá acordar la utilización del procedimiento abierto simplificado.
Contrato de servicios y se podrá acordar la utilización del procedimiento abierto.
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7 - La Junta General ha convocado subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. Según las bases reguladoras podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas con personalidad jurídica propia que realicen proyectos de interés social. Una comunidad de bienes presenta solicitud para financiar un proyecto que ya ha realizado y ha obtenido otras ayudas de entidades privadas que no cubren el importe total del proyecto. La jefa del Negociado informa que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no se podrá conceder porque:
Las comunidades de bienes solo podrán ser beneficiarias de subvenciones si se ha previsto expresamente en las bases reguladoras.
La ley de subvenciones no permite financiar actuaciones o proyectos que hayan finalizado.
El proyecto ha recibido ayudas privadas que son incompatibles con la financiación pública.
Es necesario aprobar previamente un suplemento de crédito para consignar en el presupuesto la subvención nominativa.
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8 - Doña ACD presenta reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Consejería de Presidencia del Gobierno del Principado por daños derivados de una caída sufrida en la sede de la Junta General. La Consejería de Presidencia estima que la resolución de este asunto corresponde a la Junta General. ¿Cómo deberá proceder la Consejería, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público?:
Se declarará incompetente y lo notificará a la interesada para que presente la reclamación en el Registro de la Junta General.
Remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, debiendo notificar esta circunstancia a la interesada.
Declinará su competencia a favor de la Mesa de la Junta General.
Requerirá la inhibición de la Mesa de la Cámara, debiendo notificar esta circunstancia a la interesada.
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9 - A causa de un acontecimiento catastrófico como ha sido la última borrasca que asoló nuestra comunidad, el grupo alegórico que corona la fachada exterior del Palacio de la Junta General se ha resquebrajado, obligando a actuar de manera inmediata para evitar los daños que podría producir el grave peligro de desprendimiento. Se requiere que la tramitación del expediente de contratación sea por emergencia, de acuerdo con el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por lo que la Mesa de la Cámara:
Sin obligación de tramitar expediente de contratación, podrá ordenar la ejecución de lo necesario para remediar el riesgo de desprendimiento sin sujetarse a los requisitos formales establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, incluso aunque no exista crédito suficiente.
Podrá ordenar la inmediata reparación de la fachada completa previa autorización del crédito suplementario que requiera la actuación.
Podrá acudir a la tramitación de emergencia siempre que el plazo de inicio de la ejecución de las prestaciones no sea superior a quince días hábiles, contado desde la concesión de la licencia de obra.
Deberá declarar la tramitación urgente del expediente de contratación.
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10 - La Junta General ha suscrito un convenio de colaboración con la Fundación FCU para la difusión de los valores parlamentarios, por el que se compromete a financiar cursos de formación en todos los concejos asturianos. Transcurrido el plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo, existen actuaciones en curso de ejecución que no se han completado debido al incumplimiento de las obligaciones asumidas por ambos firmantes por causa de fuerza mayor. De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
Deberá declararse la resolución del convenio, realizando la liquidación con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes para abonar, en el plazo de un mes desde el vencimiento del plazo pactado, los fondos necesarios para financiar lo ejecutado.
Se entenderá resuelto el convenio, indemnizando a cada parte de los perjuicios que le han causado los incumplimientos de la otra.
Podrá prorrogarse el convenio por el tiempo indispensable para realizar la totalidad de los compromisos asumidos por las partes.
Podrán las partes acordar, a propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y control del convenio, la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.