Parte 5 - Examen tipo test - Grupo de Gestión de la Función Administrativa (T.L) SESCAM 19/04/2026

Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿cuándo, excepcionalmente, se puede otorgar eficacia retroactiva a los actos administrativos?
Cuando se dicten en sustitución de actos anulados.
Sólo cuando se dicten en sustitución de actos reformados o revocados si son desfavorables.
Sólo cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios no existieran ya en la fecha del acto.
Sólo cuando se dicten como consecuencia de un procedimiento administrativo iniciado a instancia del interesado.
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2 - ¿Puede una norma establecer un supuesto de nulidad de pleno derecho distinto a los establecidos en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?
Sí, en cualquier caso
Sólo si esa norma tiene rango legal
En ningún caso
Sólo en el caso de que se trate de una ley orgánica
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3 - En un procedimiento administrativo los interesados podrán alegar los defectos de tramitación:
Únicamente en el trámite de audiencia
Únicamente en la resolución que ponga fin al procedimiento
En todo momento
Sólo si suponen paralización o infracción de los plazos preceptivamente señalados
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4 - En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá:
El archivo de actuaciones por desistimiento
El archivo del expediente por renuncia
La prescripción del procedimiento.
La caducidad del procedimiento.
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5 - De acuerdo con la Ley 39/2015, el recurso extraordinario de revisión que se fundamente en que al dictar el acto se hubiera incurrido en un error de hecho que resulte de los propios documentos incorporados al expediente, se interpondrá dentro del plazo de:
Un año siguiente a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
Dos años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
Tres meses siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
Cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
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6 - Contra las disposiciones administrativas de carácter general:
Podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo
No podrá interponerse recurso administrativo alguno
Podrá interponerse reclamación previa a la vía judicial
Cabe recurso extraordinario de revisión, cuando este se fundamente en algunos de los supuestos contemplados en la ley
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7 - Conforme al art. 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, iniciado un procedimiento sancionador, el reconocimiento de la responsabilidad por la persona infractora:
Obliga a continuar el procedimiento mediante la tramitación simplificada.
Exime a la persona infractora del trámite de la proposición y práctica de pruebas.
Permite a la Administración la condonación de la sanción.
Permite resolver el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.
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8 - Conforme establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿Cuándo se puede adoptar la tramitación simplificada en un procedimiento sancionador?
Cuando el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con lo previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve, sin que el interesado pueda oponerse expresamente a dicha tramitación.
Cuando el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con lo previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como grave, pudiendo el interesado oponerse expresamente a dicha tramitación.
Cuando el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con lo previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve o grave, pudiendo el interesado oponerse expresamente a dicha tramitación.
Cuando el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con lo previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como muy grave, debiendo tramitarlo por el procedimiento de urgencia.
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9 - De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de procedimientos de responsabilidad patrimonial, ¿Cuándo se podrá adoptar la tramitación simplificada del procedimiento?
Cuando así se establezca legal o reglamentariamente y siempre que no se hayan emitido los informes preceptivos.
Cuando el órgano competente para su tramitación considere inequívoca la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión, así como la valoración del daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización.
Cuando lo solicite el interesado, siempre que no se haya emitido dictamen del Consejo Consultivo
Cuando el órgano competente para su tramitación considere inequívoco la presunta relación de causalidad, dando trámite de audiencia al interesado
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10 - Uno de los requisitos necesarios para que surja la responsabilidad patrimonial de la Administración es que el daño sea efectivo, ¿qué significa que el daño producido ha de ser efectivo?
Que ha de ser cuantificable económicamente.
Que ha de ser individualizado en relación con una persona o grupo de personas.
Que el particular ha de tener el deber jurídico de soportarlo.
Que ha de ser un daño real, no potencial.