Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Con carácter general, la interposición de cualquier recurso administrativo no suspenderá la ejecución del acto impugnado, excepto:
Cuando la ejecución pueda causar perjuicios a terceros.
Cuando la ejecución pueda causar perjuicios al interesado.
Cuando la ejecución pueda causar perjuicios de imposible o difícil reparación.
Cuando la ejecución pueda causar perjuicios a personas ajenas al procedimiento.