Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Se precisa autorización previa de la Secretaría General del Sescam para contratar:
Obras y servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 100.000 euros
Obras y servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 150.000 euros
Obras y suministros cuyo valor estimado sea igual o superior a 100.000 euros
No se precisa autorización previa en ningún caso