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1 - Según el artículo 27 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria ¿Qué ocurre si la autoliquidación extemporánea se presenta después de 12 meses desde el fin del plazo?
Se aplica un recargo del 20 % y se exigen interés de demora desde el sexto mes en adelante.
Se aplica un recargo del 10 % con sanción adicional excluyendo los intereses
No se aplica recargo, solo sanción.
Se aplica un recargo del 15 % y se exigen intereses de demora desde el mes 12 en adelante.