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1 - Según el artículo 10 del RDL 5/2015 del 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico, el nombramiento derivado de los procedimientos de selección de personal interino:
Podrá dar lugar al reconocimiento de la condición de funcionario de carrera, si ejerce las funciones de dicho personal por un período mínimo de 3 años.
No dará lugar al reconocimiento de la condición de funcionario de carrera, salvo que ejerza funciones de personal directivo profesional por un período de al menos 2 años.
Podrá dar lugar al reconocimiento de la condición de funcionario de carrera, si ejercen funciones de dicho personal por un período mínimo de 4 años.
No dará lugar, en ningún caso, al reconocimiento de la condición de funcionario de carrera.