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1 - La Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura establece que los incumplimientos del contratista se penalizarán de acuerdo con la clasificación establecida en los pliegos, con arreglo a la siguiente escala:
Incumplimientos leves, con más del 1 por ciento hasta el 5 por ciento del precio del contrato, IVA excluido.
Incumplimientos graves, con más del 5 por ciento hasta el 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido.
Incumplimientos muy graves, con más del 5 por ciento hasta el 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido.
Incumplimientos muy graves, resolución del contrato en todos los casos.