El Servicio Riojano de Salud desea adquirir quinientas prótesis de rodilla de última generación. Para ello se plantea licitar un contrato con una duración de 4 años y un presupuesto base de licitación de 300.000 euros por año, IVA incluido (1.200.000 euros en total). Para hacer frente al gasto del contrato empleará los fondos transferidos por el Estado en el marco del Plan Nacional “Huesos Para Largo”, que son de financiación afectada y se reparten entre las comunidades autónomas.
La mesa de contratación ha decidido excluir de la licitación a la empresa “Eurohealth 657, S.A.” porque sus prótesis no cumplen con un estándar técnico recogido en una directiva europea, sin que dicho estándar ni norma se mencione en los pliegos. Finalmente, se estima el recurso de Eurohealth 657, resultando que además resulta adjudicataria del contrato.
En el momento de la adjudicación del contrato, se eleva al Consejo de Gobierno el compromiso del gasto.
Tras una intervención para colocar la prótesis (artoplastia), el paciente Sr. Martínez sufre una infección severa. Tras las pruebas pertinentes, se confirma la presencia de un cuerpo extraño (gasa quirúrgica) en el espacio intraarticular. Transcurrido un año y medio desde la intervención, el Sr. Martínez reclama una indemnización por los daños sufridos, por un importe de 27.000 euros.
Más adelante, se interponen más reclamaciones contra las prótesis y se hace público que no cumplen con la normativa de la Unión Europea. El asunto llega a la Comisión Europea que, tras el procedimiento oportuno, demanda al Estado español por no trasponer la directiva.
Para acelerar las intervenciones quirúrgicas reparatorias, se formaliza un contrato de concesión de servicios con una clínica privada que usará unas instalaciones de carácter demanial anejas al Hospital Universitario San Pedro durante el tiempo de duración del contrato.
Teniendo en cuenta lo anterior, responda a las siguientes preguntas: