Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo con el artículo 147 de la Ley 4/2021, de función pública valenciana, respecto a la excedencia voluntaria por interés particular:
Para poder obtenerla será necesario haber sido nombrado funcionario de carrera al menos dos años antes.
Para poder solicitar el reingreso será necesario haber permanecido al menos tres años.
Para poder obtenerla será necesario haber prestado servicios efectivos durante un período mínimo de tres años a lo largo de la vida laboral.
Se declarará de oficio cuando, finalizada la causa que determinó el pase a una situación distinta a la de activo, se incumpla la obligación de solicitar el reingreso en el plazo establecido.