Teórico - Parte 2 - Examen tipo test - Auxiliar Administrativo/a T.L (OPE 2021) Junta de Andalucía 27/11/2022

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1 - Conforme al artículo 3 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, se entiende por discriminación indirecta por razón de sexo:
La situación en que la aplicación de una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a las personas de un sexo en desventaja particular con respecto a las personas del otro, salvo que la aplicación de dicha disposición, criterio o práctica pueda justificarse subjetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
La situación en que la aplicación de una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a las personas de un sexo en desventaja particular con respecto a las personas del otro, salvo que la aplicación de dicha disposición, criterio o práctica pueda justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación equiparable.
Aquella situación que garantice la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto de personas a que se refiera cada sexo ni supere el sesenta por ciento ni sea menos del cuarenta por ciento.
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2 - Conforme al artículo 3 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, NO se considera violencia de género:
La violencia física y psicológica.
La violencia física, sexual y económica.
La violencia económica.
La violencia transversal.
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3 - Conforme al artículo 3 de la Ley 6/2005, de 8 de abril, reguladora de la Actividad Publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, NO se entiende por actividad publicitaria de las Administraciones Públicas:
La actividad dirigida a implicar a la ciudadanía andaluza en el objetivo de lograr una sociedad cohesionada y avanzada en cuanto a conciencia cívica y progreso económico y social.
La actividad dirigida a fomentar actitudes y comportamiento de los ciudadanos en relación a bienes o servicios públicos de carácter educativo, cultural, social, sanitario, de fomento de empleo u otros de análoga naturaleza.
La actividad dirigida a informar a los ciudadanos de sus derechos y obligaciones.
La publicidad normativa y otros anuncios de actos de la Administración que deban publicarse legalmente.
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4 - ¿Qué normativa andaluza recoge la necesidad de garantizar por parte de la Administración de la Junta de Andalucía un uso no sexista del lenguaje y un tratamiento igualitario en los contenidos e imágenes que utilice en el desarrollo de sus políticas?:
La Ley 13/2007, de 26 de noviembre.
La Ley 9/2018, de 8 de octubre.
La Ley 6/2005, de 8 de abril.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.
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5 - Refiere el artículo 28 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, que el personal eventual de la Junta de Andalucía:
Cesará automáticamente cuando cese la autoridad que lo haya nombrado.
Tiene derecho a una indemnización tras su cese.
El tiempo de desempeño del puesto constituye un mérito para el acceso a la Función Pública.
Se consideran eventuales a los funcionarios que ocupan puestos en las listas electorales.
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6 - ¿Qué se entiende por transversalidad en materia de género conforme al artículo 3 de la Ley 12/ 2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía?:
El instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género.
Una herramienta conceptual que busca mostrar que las diferencias entre mujeres y hombres se dan, no sólo por su determinación biológica, sino también por las diferencias culturales asignadas a los seres humanos.
La incorporación del enfoque de género en la producción normativa de las Administraciones Públicas.
El instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de los poderes y acciones públicas, desde la consideración analítica de la igualdad de género.
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7 - Según refiere el artículo 6 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, la transversalidad en el procedimiento de elaboración normativa se traduce en la necesidad de elaborar:
Un informe estadístico desagregado por sexo.
Un informe anual de contribución de la norma al principio de igualdad entre hombres y mujeres.
Un informe de evaluación del impacto de género con carácter previo a la aprobación de la norma.
Un informe de evaluación del impacto de género con carácter posterior a la aprobación de la norma, con objeto de evaluar el impacto de la misma en la sociedad.
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8 - Conforme al artículo 8 de la Ley 12/ 2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, ¿cuál es el órgano encargado de emitir el informe de evaluación de impacto de género en el anteproyecto de Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía en cada ejercicio?:
La Unidad de género de la Consejería con competencias en materia de Hacienda.
La Comisión de Impacto de género.
La Comisión para el Enfoque de género.
La Comisión de Igualdad.
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9 - La adquisición y pérdida de la relación de servicio en la Administración General de la Junta de Andalucía se regula de forma concreta en:
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
La Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
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10 - Según dispone el artículo 29 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en el caso de nombramiento de personal interino para la ejecución de programas de carácter temporal cuya financiación provenga de fondos de la Unión Europea o de otros fondos de carácter finalista, los que tengan por objeto la prevención y lucha contra el fraude fiscal o el control, verificación y justificación de fondos de la Unión Europea, el plazo máximo de duración de la interinidad se hará constar expresamente en el nombramiento y no podrá exceder la de la ejecución de los programas a los que se adscriba ni ser superior a:
Tres años, ampliables hasta doce meses más.
Dos años, ampliables hasta doce meses más.
Tres años, ampliables hasta 36 meses más.
Dos años, ampliables hasta 36 meses más.
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11 - Conforme a la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es cierta con respecto a la situación administrativa de comisión de servicios en otras Administraciones Públicas?:
La duración de la comisión de servicios es siempre indeterminada.
La comisión de servicios requiere la aceptación del interesado.
La comisión de servicios no podrá ser por un plazo superior a un año.
La comisión de servicios prestada en las Mancomunidades de municipios no computan a efectos de Junta de Andalucía.